COMISION DIRECTIVA 2022-2023

“El día 5 de abril de 2022, se procedió a realizar la Asamblea 2022, convocada previamente. A la misma concurrieron socios interesados en el contenido de la Asamblea, y en los puntos mencionados tanto en la Memoria como en el orden del día de la reunión de la nueva CD, posterior a la asamblea. La Asamblea votó por unanimidad aprobar la nueva CD propuesta, para liderar la entidad en el periodo 2022-2023, y en consecuencia las autoridades de AADEJA para dicho periodo son las siguientes.

Ver Comisión Directiva 2022 - 2023


Acuerdos y Beneficios

ACUERDO CON INTERTEK ARGENTNA CERTIFICACIONES S.A.

1) Los socios de AADEJA dispondrán de una atención especial y personalizada en lo relativo a sus consultas, comentarios, análisis, apoyos técnicos, planificación o programación de sus operaciones, etc., en actividades vinculadas a INTERTEK ARGENTINA S.A.

2) El organismo de certificación dispondrá de para los socios de AADEJA, un beneficio especial equivalente al 20% de descuento sobre las listas de precios oficiales en todos los procesos de certificación que le sean solicitados.

3) El plazo de pago para las operaciones concertadas, será de 30 días de la fecha de factura

4) A efectos del cumplimiento del punto 2, AADEJA informará a INTERTEK ARGENTINA CERTIFICACIONES S.A. de su lista de socios activos a la fecha.

INTERTEK
Cerrito 1136, CABA
011-5217-9487

Acuerdo con el Sr. Fernando Garcia Martinez del Estudio Quality Comex S.R.L

1) Los socios de AADEJA dispondrán de una atención especial y personalizada en lo relativo a sus consultas sobre comentarios, análisis, apoyos técnicos, cuestiones normativas cambiarias y aduaneras, interpretación de decisiones oficiales y otros, en lo vinculado a la planificación o programación de sus operaciones. El alcance de este acuerdo no involucra requerimientos que impliquen trabajos y procedimientos que
requieran dictámenes particulares, que se regirán por la cláusula 3).

2) La colaboración y cooperación del Sr. Fernando Garcia Martinez será a título gratuito para los socios de AADEJA, condición que deberá ser indicada en las comunicaciones.

3) En caso de avanzarse en gestiones u operaciones concretas en el ámbito señalado, las mismas requerirán el presupuesto correspondiente con valores acordados entre ambas partes. El mismo contendrá un beneficio no inferior al 15%, de las tarifas mínimas normales del Sr. F. Garcia Martinez.

4) A efectos del cumplimiento del acuerdo, AADEJA informará al Sr. Fernando Garcia Martinez, de su lista de socios activos a la fecha.

5) La vigencia de este acuerdo se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022, pudiendo ser Renovado mediante acuerdo de partes.

QUELITY COMEX
FERNANDO GARCIA MARTINEZ
011-5550-1232 

ACUERDO CON OUTLAND LOGISTCS S.A.

1) Los socios de AADEJA dispondrán de una atención especial y personalizada en lo relativo a sus consultas, comentarios, análisis, apoyos técnicos, planificación o programación de sus operaciones, etc., en actividades vinculadas a OUTLAND LOGISTICS S.A.

2) En los análisis económicos y elaboración de presupuestos, los asociados a AADEJA gozarán de un tratamiento especial.

3) En todas las operaciones concertadas, los socios de AADEJA dispondrán de un beneficio exclusivo de financiar el costo del servicio.

4) Lo anterior no considera eventuales adicionales derivados de negociaciones específicas directas entre los socios y el representante oficial de OUTLAND LOGISTICS S.A..

5) Este beneficio es de aplicación exclusiva para socios de AADEJA y la entidad lo informará a través de sus herramientas internas de comunicación.

6) La publicación del mismo en la página electrónica y en el Newsletter de la entidad será acordado con el prestador del servicio.

7) A efectos del cumplimiento del punto 3, AADEJA informará a OUTLAND LOGISTICS S.A. de su lista de socios activos a la fecha.

OUTLAND LOGISTICS
Moreno 786, CABA
011-5239-2800

ACUERDO DE AADEJA CON SELSA S.A.

1) Los socios de AADEJA dispondrán de SELSA S.A. una atención especial y personalizada en lo relativo a sus consultas, comentarios, análisis, apoyos técnicos, planificación o, programación de sus operaciones, etc., en actividades vinculadas a SELSA S.A.

2) SELSA S.A dispondrá en forma exclusiva para los socios de AADEJA, un mes de almacenaje bonificado en el deposito fiscal.

3) Los socios de AADEJA dispondrán del 10% de bonificación especial en almacenajes en Zona Franca.

4) Los socios de AADEJA dispondrán de prioridad de ingreso y retiro de mercadería.

5) Los socios de AADEJA, dispondrán de un beneficio individual adicional por comparación del costo total y otras cotizaciones por idéntico servicio.

6) A efectos del cumplimiento de lo detallado, AADEJA informará a SELSA S.A. de su lista de socios activos a la fecha.

SELSA
Pedro de Mendoza 2007, CABA
011- 4776- 5624

NOVEDADES DEL SECTOR OFICIAL

COMUNICACION BANCO CENTRAL “A” 7488

Circular CAMEX: Exterior y cambios. Adecuaciones. 07/04/2022

DESCARGAR DOCUMENTO BANCO CENTRAL COMUNICACION "A" 7488


COMUNICACION BANCO CENTRAL “A” 7490/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LOS OPERADORES DE CAMBIO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,

A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA:

Ref.: Circular CAMEX 1-915: Texto ordenado de las normas de “Exterior y cambios”. Actualización.

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar a la norma de referencia, atento a las disposiciones difundidas por las Comunicaciones “A” 7433, 7466, 7469, 7471, 7472 y 7488. Asimismo, les señalamos que se incorporaron algunas interpretaciones normativas y adecuaciones formales.

Se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Dr. Raúl Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar (Solapa Sistema Financiero/MARCO LEGAL Y NORMATIVO/Buscador de comunicaciones).

Importaciones: el Gobierno condiciona la venta de dólares a que las empresas no suban precios y no acopien

El Banco Central habilitará el acceso al mercado cambiario a empresas importadoras a cambio de que cumplan con los acuerdos de precios y no “acumulen stock”; entre las industrias contempladas se encuentran la del cacao, café en grano, combustibles y gases minerales
Luego de que empresas importadoras del café advirtieran que podría faltar este insumo en la Argentina por las restricciones que estableció el Gobierno, hoy el Banco Central (BCRA) dispuso que permitirá el acceso al mercado cambiario para la industria de granos de café, malta y combustibles, entre otras, pero, a cambio, las compañías deberán cumplir con la política de precios del Ejecutivo y demostrar que no están acopiando mercadería.

“Los importadores de las materias primas e insumos básicos imprescindibles para sectores sensibles de la industria y el consumo masivo tendrán la posibilidad de acceder al mercado de cambio para garantizarse la provisión necesaria para mantener los niveles de actividad normal”.

En detalle, la Comunicación A7488 estableció que las importaciones que tengan asociadas una declaración SIMI categoría C en estado “Salida”, algo que hasta el momento no regía, tendrán acceso al mercado cambiario. Eso sí: antes tendrán que cumplir con una serie de condiciones.
Según la normativa, las compañías tendrán que certificar con un auditor externo que el stock de materias primas, de los bienes intermedios o finales a elaborar no superen los niveles que se requieren para “la actividad normal”. También deberán presentar una declaración jurada indicando que no rechazan participar ni incumplir, en forma directa o como grupo económico, de los acuerdos de precios que sean convocados por el Gobierno
.

El acceso a dólares es la principal traba a la hora de importar  “Lo que está haciendo el Gobierno es responder al pedido de la industria con agilidad, pero en la práctica pone más requisitos. ¿Qué es el nivel de actividad normal? Es un disparate, la economía es muy flexible, todo el tiempo cambia la demanda. Hay años que se importa más, menos, pero así y todo el Gobierno pide que un auditor externo certifique que se están importando a niveles ‘normales’ de producción en base a datos históricos. Es una política comercial kafkiana, una política de comercio exterior del año 1970. El comercio no se puede administrar por lo que un funcionario dice, tienen que poder comprar y vender con libertad como en cualquier lugar del mundo”, consideró Marcelo Elizondo, presidente de la Cámara Internacional de Comercio en la Argentina.

La medida alcanza a insumos básicos como combustibles y gases minerales; minerales en estado bruto (hierro, cobre, níquel, aluminio, plomo, cinc y estaño); caucho; madera; carbón vegetal y corcho en bruto y a insumos estandarizados para la industria nacional como polímeros en formas primarias requeridos para la industria del plástico, formas primarias de hierro y ferroaleaciones.

También incluye las materias primas o insumos estandarizados para sectores sensibles en el consumo masivo como café en grano, malta para la elaboración de cerveza, cacao y derivados utilizados para la elaboración de golosinas y pasta química requerida para la producción de pañales y productos de higiene personal.

“La medida nos da un poco de aire, pero tampoco soluciona mucho. Tenemos que ver con nuestro equipo los alcances, pero por ahora creemos que nos va a servir para asegurar la provisión al menos por los próximos meses. Después veremos”, explicaron en una empresa importadora.
Ante la escasez de dólares, en los primeros días de marzo el Banco Central se incorporó al Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), del que participan el Ministerio de Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Hasta el momento la participación del Central se limitaba a asignar a los importadores una categoría, la A o la B, que define el mecanismo de acceso al mercado.

La importación de café estuvo en el centro de la tormenta esta semana En la categoría A, se mantienen las operaciones asociadas al mismo tratamiento que las importadores tenían hasta la fecha. En la categoría B, las importaciones de bienes asociadas deben ser financiadas como mínimo a un plazo de 180 días corridos a contar desde el registro del ingreso aduanero de los bienes a la Argentina. Ahora, la categoría C establece los mismos requisitos que la A, pero si se cumplen las condiciones antes mencionadas.

“El diálogo con el Banco Central continúa y es muy bueno, más allá de los chispazos que pueden haber. Hay un problema de falta de dólares y la demanda de las importaciones está alta. Este es un alivio parcial, esta respuesta descomprime a algunos sectores -a otros menos-, pero va en la dirección correcta. Esperamos que en los próximos meses el flujo de dólares acompañe. ¿Habrá plantas paradas pasado mañana? No, todavía no. ¿Esto puede complicar la planificación de las empresas y el nivel de producción en el mediano plazo? Sí, se puede complicar si no se soluciona”, agregó otra fuente del sector industrial.

No obstante, puertas adentro del Banco Central aseguran que “los dólares están”. El vicepresidente segundo del BCRA, Jorge Carrera, indicó que en marzo los pagos de importaciones acumularon los US$7100 millones, un “récord absoluto”. “Lamentablemente los lobbistas nos corren con presiones como que nos vamos a quedar sin café o sin gas (...). Está claro que dólares hay y que van a seguir entrando, porque ahora viene toda la liquidación de la cosecha”, afirmó, en diálogo con C5N.


Nuevo REPRO: Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo

Estimado socio,

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO) , que consistirá en una asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al Programa, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Resolución 420/2022 publicada en el día de la fecha en el Boletín Oficial.

Según surge de la medida, dadas las experiencias transitadas a través del Programa de Recuperación Productiva (REPRO) y del Programa REPRO II, y el contexto actual, resulta pertinente efectuar una reformulación y fusión de ambos programas en uno nuevo que cumpla las expectativas de la economía actual y pueda atender la situación de empresas o sectores que puedan transitar una situación crítica producto de su propia actividad o factores externos que lo provoquen, manteniendo un procedimiento ágil que permita mantener un control suficiente, necesario, estricto y riguroso para evaluar a las empresas que quieran acceder al mismo y asignar las correspondientes prestaciones que se aprueben mediante el trámite que establezca el nuevo Programa.

Podrán acceder como beneficiarios al “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO) los sujetos empleadores pertenecientes al Sector Privado excepto aquellos que se encuentren comprendidos en las siguientes situaciones:

  • Que perciban subsidios del Estado Nacional y de Provincias y Municipios, de acuerdo a lo que se determine en la normativa que regula el presente Programa.

  • Que hayan iniciado su actividad 6 meses previos a su solicitud de inclusión en el Programa.

  • Que se encuentren incluidos en el Programa para el Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y la Seguridad (FESCAS).

  • Empresas, sociedades y Entes de los Sectores Públicos Nacional, Provincial y Municipal.

Características del Programa

  • Monto de la asignación dineraria: Será equivalente al 50% de la remuneración total hasta un máximo del 50% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el programa. Para percibir la asignación, los trabajadores no deberán percibir una remuneración total superior a 4 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente.

  • Duración: La asignación dineraria se otorgará por un período de 3 meses. El sujeto empleador podrá acceder al Programa durante 2 períodos como máximo, consecutivos o no, dentro de los 3 años contados a partir del inicio del primer período otorgado.

  • Alcance: El número de empleadores que cubrirá el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO) se determinará considerando la cantidad de postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, el plan de acción para lograr la recuperación económica, productiva y laboral, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa.

Condiciones para acceder al Programa

  • Enfrentar una situación económica crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, los cuales serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO).

  • Presentar un “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” consistente, veraz y de efectivo cumplimiento.

  • No haber efectuado una reducción de personal mayor al 20% en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.